- Redacción
Tlaxcala, Tlax.- El Legislador Ever Alejandro Campech Avelar en su calidad de presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, efectuó la primera sesión ordinaria del primer periodo del segundo año legislativo.
En el Salón Rojo del Palacio Legislativo, la Comisión dio formal cumplimiento al acuerdo por el que se reforma el artículo primero del acuerdo emitido con fecha 9 de septiembre de 2021, en el que se integran las Comisiones Ordinarias de este Poder.
Dicha reforma aprobada ante el Pleno de esta Soberanía el día 30 de agosto de esta anualidad, ratifica al congresista Ever Alejandro Campech Avelar como nuevo presidente de esta Comisión y se releva al diputado Lenin Calva Pérez, quien queda como vocal e integrante de la misma.
En palabras del diputado local, “Me incorporo con toda responsabilidad para continuar con los trabajos del presente organismo legislativo”, expresó ante las y los diputados presentes, al tiempo que destacó que su trabajo será apegado a la Ley y buscará dar agilidad a los trabajos e iniciativas que sean turnadas a la Comisión, para evitar el rezago legislativo y así darles prioridad a los temas que por su naturaleza lo requieran.
En total apego a los artículos 78, 78 bis y 79 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, así como 35 del reglamento interior del Congreso del Estado, en esta primera sesión se llevó a cabo la toma de protesta al Licenciado en Derecho, Gustavo Aztatzi Tlachi, como Secretario Técnico de tan importante Comisión.
Es de mencionar, que con base en el reglamento interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, corresponde a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, el conocimiento de los asuntos siguientes: De la minuta proyecto de decreto que remita el Congreso de la Unión, respecto de reformas, adiciones o modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano.
De las iniciativas de expedición, reformas, adiciones y derogaciones, a las leyes orgánicas y reglamentarias derivadas de la Constitución; de las iniciativas de expedición, reformas, adiciones y derogaciones, a las leyes orgánicas y reglamentarias derivadas de la Constitución; de las iniciativas de reformas, adiciones y derogaciones a la legislación administrativa, civil y penal; opinar ante el Pleno sobre la defensa de los intereses del Congreso en el procedimiento en que sea parte.
De las iniciativas de reformas, adiciones y derogaciones a la Ley Orgánica, a este reglamento y a las normas internas del Congreso; de la solicitud de autorización que formule el Ejecutivo del Estado o los ayuntamientos para ejercer actos de dominio respecto de los bienes muebles e inmuebles, propiedad del Estado o de los municipios; los relacionados con el cambio de denominación de las poblaciones, el establecimiento de presidencias de comunidad y de la constitución de los municipios; los relativos a la desaparición o suspensión de un ayuntamiento, la suspensión o revocación del mandato de algunos de sus integrantes y el dictamen sobre la designación de concejos municipales; y lo relativo a la expedición del bando solemne del gobernador electo.
La proposición para la designación de Gobernador sustituto, interino o provisional y conocer las licencias quien solicite; de los que se refieran a licencias para la separación del cargo de los diputados; los relativos al cambio de residencia de los poderes del Estado, o del recinto oficial del Poder Legislativo. Estos cambios se autorizarán siempre en formas provisionales y condicionadas a la duración de la causa que los motive; los que se refieren a investir al Ejecutivo de las facultades extraordinarias o especiales, cuando fuere necesario, y a la aprobación de los actos que ese Poder realice en el ejercicio de ellas, con sujeción a la Constitución Política del Estado y las leyes aplicables y los relativos a nombramientos, licencias y renuncias de los magistrados del Poder Judicial.