No se permitirán incrementos ni nuevas contribuciones en las iniciativas de Ley de Ingresos para el ejercicio 2020: María del Rayo Netzahuatl

ManuelRojas.- No se permitirán incrementos ni nuevas contribuciones, en la Ley de Ingresos de los Municipios para el ejercicio fiscal 2020, advirtió la presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización del Congreso de Tlaxcala, María del Rayo Netzahuatl Ilhuitcatzi, durante la décimo quinta sesión ordinaria de la LXIII Legislatura del Estado de Tlaxcala.

Precisó que en el caso del cobro del derecho de alumbrado público, se hará un análisis exhaustivo, ya que el diseño legislativo de ejercicios anteriores ha dado cuenta de escenarios jurídicos de impugnación ante la Justicia Federal.

Explicó que en el esquema de cobro anterior se estableció una dualidad de directrices, ya que, por un lado el modelo del cobrar el derecho del alumbrado público, se hizo distribuyendo de manera proporcional los costos correspondientes por la prestación del servicio entre el total de contribuyentes del municipio.

Mientras que por otro lado, el cobro del alumbrado público a los contribuyentes se hizo ya sea por el uso de energía eléctrica de tipo doméstico, comercial, de baja tensión u otro, mediante la aplicación de un porcentaje en proporción a su consumo, agregó.

La Legisladora indicó que lo anterior ha ocasionado que se promuevan juicios de amparo en contra del cobro del derecho de alumbrado público, resolviendo la Justicia Federal que el esquema de cobro descrito antes, contraviene lo estipulado en Ley de la materia.

Netzahuatl Ilhuitcatzi expuso que así se demuestra en la acción de inconstitucionalidad número 20/2019, que promovió la Comisión Nacional de Derechos Humanos, contra el cobro del alumbrado público, contenido en la Ley de Ingresos 2019 de los Municipios de Chiautempan, Huamantla, Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Santa Cruz Quietla y Tepetitla de Lardizabal.

En estos casos, dijo la Presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización, el cobro del alumbrado público no tiene el carácter de derecho, sino de impuesto, ya que por su diseño gravan el consumo de energía eléctrica, violando entre otros principios el de proporcionalidad fiscal.

Explicó que no es correcto tomar como base para el pago del servicio de alumbrado público, el consumo de energía eléctrica, pues tal proceder se aparta de dividir entre todos los usuarios el costo total originado al Municipio en cuestión, por la prestación del servicio de alumbrado público.

Por ello, Netzahuatl Ilhuitcatzi afirmó que para la dictaminación de las iniciativas de Ley de Ingresos de los Municipios para el ejercicio 2020, se deben tomar las previsiones necesarias para evitar vicios o aspectos de inconstitucionalidad en el cobro del servicio de alumbrado público.

Antes de dar lectura a la iniciativa de la Ley de Ingresos del Municipio de Españita, la Representante de Morena explicó que para alcanzar el desarrollo equitativo y sustentable apegándose a los principios de eficacia, legalidad, economía, racionalidad y austeridad entre otros, se requiere garantizar a los contribuyentes la certeza de que las contribuciones están previstas en la Ley, mediante un proceso legislativo aprobado por el Congreso

Así mismo detalló que para lograr la eficiencia y transparencia del cobro de cuotas y tarifas de los conceptos que se contempla en las leyes de Ingresos, y para dar certeza jurídica a los contribuyentes, se considera pertinente hacer correcciones gramaticales a las iniciativas de Ley de Ingresos de los Municipios, para precisar su contenido y evitar confusiones.

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