Estimados lectores, con el gusto de saludarlos nuevamente, hoy hablaremos de un tema muy interesante, si usted tiene un negocio comercial donde haya música de por medio, tenga mucho cuidado, ya que la autoridad municipal sin contar con un dictamen correspondiente para saber cómo se manejan los decibeles, lleva a cabo suspensiones ilegales, violando en todo momento lo señalado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos 14 y 16, y aplica multas que en todo momento son violatorias a la ley.
Explico, sin que exista un dictamen de por medio, emito por autoridad competente, Coordinación General de Ecología en el Estado, mire en nuestro municipio existe vigente el Bando de Gobierno Municipal y Prevención del delito con participación Ciudadana que en su artículo 103 señala lo siguiente:
INFRACCIONES CONTRA LA SALUD PÚBLICA ARTÍCULO 103.- Son conductas que constituyen infracciones contra la salud pública las siguientes: Provocar emisiones de ruido superiores a los cincuenta y cinco decibeles dentro del horario comprendido entre las seis y las veintidós horas, y mayores a cincuenta decibeles en el horario comprendido entre las veintidós y las seis horas, en zona residencial; superiores a cincuenta y cinco decibeles en escuelas durante el juego, en las áreas propias; superiores a sesenta y ocho decibeles dentro del horario comprendido entre las seis y las veintidós horas, y mayores a sesenta y cinco decibeles en el horario comprendido entre las veintidós y las seis horas, y en ceremonias, festivales y eventos de entretenimiento hasta cien decibeles, que no deberá exceder de cuatro horas.
Es decir señala con claridad los decibeles que están permitidos y prohibidos para el caso de exceso de ruido, la pregunta será: ¿en qué momento la autoridad municipal puede emitir un dictamen competente para saber que un ciudadano está infringiendo la ley y sea objeto de alguna sanción correspondiente? Algunos comerciantes se han quejado de las constantes amenazas que hace la autoridad en el sentido de querer cerrar negocios a quien cause problemas por emisión de ruido no permitido, pero en qué se basan, acaso ¿también son expertos para que al momento sepan que rebasan los decibeles permitidos?
Su servidor en forma constante ha denunciado ante la comisaria municipal de vialidad, que altas horas de la noche (dos de la mañana para ser exactos), los bailes sonideros que hacen en casas particulares, sin contar con las medidas que la ley señala para que puedan operar y que causan estragos a las personas que no pueden descansar, cuando están desvelados, cuando hay enfermos, ya que su sonido es muy excesivo, sin que actúen en consecuencia, alegando que los presidentes de comunidad les otorgan los permisos correspondientes, y ahí ni protección civil acude para que en el momento cierre dicho lugar.
¿Por qué no actúan al momento?, sin embargo existe un terrorismo a empresarios Huamantlecos que pretenden brindar un servicio de distracción a nuestros ciudadanos del municipio y aledaños y lo que hace la autoridad municipal, es sancionar de manera administrativa sin estar fundado ni motivado, aplicando sanciones por encima de los diez mil pesos, con el argumento ridículo de “sanciones administrativas por la emisión de ruido”, sin que exista de por medio algún dictamen correspondiente emitido por la autoridad competente, que haya permitido saber con exactitud que se han rebasado los decibeles permitidos y contemplados en la ley, pasando por alto lo que señala también el artículo 128 del mismo ordenamiento legal que cita lo siguiente:
ARTÍCULO 128.- Para la calificación de las faltas e infracciones y la imposición de la sanción correspondiente, así como el monto o alcance de dicha sanción, la o el Juez Municipal deberá tomar en cuenta la gravedad de las mismas, las condiciones económicas de la o el infractor, su grado de cultura e instrucción y la actividad a la que se dedica, a fin de individualizar la sanción con apego a la equidad y a la justicia.
Luego entonces en qué se basa la autoridad para sancionar el exceso en la emisión de sonido, si vivimos en un estado de derecho debe también la autoridad respetar la ley, es cierto que debemos vivir en una sociedad en donde exista el respeto a la ley y por lo tanto demandamos paz y tranquilidad, pero cierto es que también tenemos derecho a disfrutar de un momento de alegría, y lo hacemos al acudir a algún lugar permitido y que cuente con todas las medidas de seguridad y de protección de la ley, pero tal pareciere que ahora la autoridad se volvió muy “santa”, en no querer permitir el funcionamiento de negocios que ofrecen diversión a los ciudadanos, pero insisto sin que se dé una explicación de cómo miden los decibeles elevados, con al vago argumento de una llamada anónima de vecinos, tal pereciere que la autoridad no quiere reconocer que vivimos muy lejos de tener en nuestro municipio lugares que brinden servicios ofreciendo diversión familiar, muy mal la autoridad, pero sus cargos no son eternos y los ciudadanos no olvidan, y ya veremos si quien cobra la sanción, cuenta con el perfil para hacerlo, los ciudadanos debemos denunciar la usurpación de funciones, que se castiga con pena corporal, veremos muy pronto.
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