SRCDMX resuelve sobre la distribución del financiamiento público de los partidos políticos en Tlaxcala

La Sala Regional Ciudad de México resolvió el Juicio de Revisión Constitucional Electoral SCM-JRC-7/2025 y acumulados, promovidos por diversos partidos políticos en contra de la sentencia del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), que confirmó la determinacion del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre la distribución del financiamiento público de los partidos políticos en la entidad.

 

El Pleno modificó la resolución del TET al determinar que el artículo 88 de la Ley de Partidos Políticos de Tlaxcala, que establece como requisito para recibir financiamiento bajo el esquema 30-70 contar con representación en el Congreso del Estado, es aplicable tanto a los partidos locales registrados como a los partidos nacionales acreditados ante el ITE. Este esquema de financiamiento público establece que el 30% de los recursos se reparte de manera equitativa entre todos los partidos, mientras que el 70% restante se asigna en función de la votación obtenida en la última elección.

 

Asimismo, la Sala confirmó el cálculo del financiamiento público otorgado a Movimiento Ciudadano, al considerar que su derecho a recibirlo se generó con base en la asignación de la curul que originalmente le correspondió en el Congreso del Estado. Se determinó que la renuncia de la persona diputada no afecta la distribución inicial de los recursos, ya que modificaciones en la representación legislativa posteriores a la elección no pueden alterar el derecho previamente adquirido.

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