Suspensión otorgada a del Prado Pineda fue facultad del presidente del TSJE

  • Redacción

Precisa el magistrado presidente que esta medida no impide al Congreso del Estado efectuar el proceso de renovación del presidente de la CEDH

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado (TSJE-CJE), Fernando Bernal Salazar, precisó que la decisión de otorgarle una suspensión al expresidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Víctor Manuel Cid del Prado Pineda en contra de los actos del Congreso del Estado, fue una facultad que tiene asignada como presidente del Poder Judicial.
Y es que refirió que la Ley de Control Constitucional, establece que la facultad de otorgar la suspensión de los actos reclamados, es única y exclusiva de quien presida el TSJE, tal y como ocurrió en el caso del expresidente de la CEDH, a quien se le otorgó dicho beneficio legal específicamente sobre los actos que reclamó.
De esta forma, reiteró su compromiso de que el Poder Judicial, tanto en el pleno como Órgano de Control Constitucional, emitirá sus resoluciones con estricto apego a la ley.

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