Emite INE criterios de imparcialidad en el uso de recursos públicos y equidad en la contienda

  • Redacción

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió criterios tendentes a garantizar los principios de imparcialidad en el uso de recursos públicos y equidad en la contienda, así como para contribuir a evitar acciones que generen presión sobre el electorado, durante los Procesos Electorales Locales Ordinarios 2018-2019 en Aguascalientes, Baja California, Durango, Tamaulipas, Quintana Roo y en el Proceso Electoral Local Extraordinario de Puebla.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, señaló que una de las preocupaciones transversales en el diseño de la democracia mexicana, ha sido evitar que recursos o poderes públicos o privados, influyan en el desarrollo equitativo de las elecciones.

Por ello, hizo un llamado “a todos los actores políticos, aspirantes, militantes, organizaciones de la sociedad involucradas directa o indirectamente en las elecciones locales y, por supuesto, funcionarios del gobierno federal y de los gobiernos locales a que todos nos conduzcamos con estricto apego a la ley y, con ello, recreemos la democracia en las seis entidades en donde iremos a las urnas el próximo 2 de junio”.

Estos criterios, agregó la Consejera Pamela San Martín, establecen que todos los recursos públicos deben ser empleados con imparcialidad y sin influir en la equidad de la competencia política de los partidos políticos.

En ellos, dijo, se desglosan las distintas formas en las que se puede vulnerar estos criterios expresamente previstos en la Constitución. “Se incluye todo lo relativo al uso de programas sociales que precisamente tiene una normatividad asociada, y que la forma de garantizar que el uso de los mismos no tenga un fin electoral, es precisamente ajustándose a las normas que han sido previamente establecidas”.

Aprueba INE casos de excepción para la prohibición de propaganda gubernamental en campañas 2019

El pleno del Consejo General también aprobó la incorporación de campañas de información de diversas instituciones federales y estatales, como parte de las excepciones a las prohibiciones en materia de propaganda gubernamental para los procesos electorales locales ordinarios, así como extraordinarios en Aguascalientes, Baja California, Durango, Puebla, Quintana Roo y Tamaulipas.

Las y los consejeros determinaron que estas campañas cumplen con las características previstas en la Constitución para poder ser transmitidas durante el periodo de campañas electorales, al estar relacionadas con la difusión de acciones de protección civil en casos de emergencia, servicios de salud o educación.

La autoridad electoral precisó que las campañas que formarán parte de la excepción a las prohibiciones en materia de propaganda gubernamental, deberán tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que las conviertan en propaganda política o electoral, así como elementos de propaganda personalizada de algún servidor público y logros de gobierno y obra pública de los diversos niveles de la administración pública.

Durante la sesión, se recibió el quinto Informe sobre el cumplimiento y avance de las actividades establecidas en el Plan Integral y Calendarios de Coordinación, de los Procesos Electorales Locales 2018-2019, así como del Proceso Electoral Local Extraordinario del estado de Puebla.

El mismo da cuenta que de las 662 actividades que componen el calendario en las cinco entidades con Procesos Electorales Locales Ordinarios 2018-2019, han iniciado 400, lo que representa el 60% de avance, mientras que 262 actividades se encuentran por iniciar correspondiente al 40% restante.

De las 82 actividades que están en proceso de ejecución, 81 (99%) se encuentran dentro del plazo y 1 (1%) fuera de los mismos. De las 318 actividades que han

finalizado, 303 (95%) fueron concluidas dentro de los plazos calendarizados y 15 (5%) fuera de los mismos.

En esta misma sesión se aprobó la asignación de tiempos en radio y televisión para las autoridades electorales locales durante el segundo trimestre del año 2019, así como diversas modificaciones al anexo 4.1 apartado 5 denominado “Criterios de dotación de documentos electorales” del Reglamento de Elecciones del INE, en donde se especifica que únicamente el representante propietario de un partido político podrá votar en la casilla en la que se encuentre como representante.

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