- Manuel Rojas
Huamantla, Tlax.- El Bando de Gobierno Municipal y Prevención del Delito con Participación Ciudadana del Municipio de Huamantla, establece que las autoridades municipales están facultadas para sancionar a quienes utilizan la vía pública para ingerir bebidas embriagantes, por ello, habitantes de diferentes comunidades, coincidieron en la exigencia al director de Seguridad Pública, Tránsito y Protección Civil, René Alcántara Luna, para que ante el clima de violencia y delincuencia que se vive, no haya tolerancia para los infractores.
Habitantes de Huamantla expusieron a El Imparcial de Tlaxcala que se ha vuelto común que los fines de semana, en el exterior de las tiendas, jóvenes y adultos ingieran bebidas alcohólicas y escandalicen, lo mismo en el centro de la ciudad como en diferentes comunidades.
“Debe estar estrictamente prohibido tomar en la vía pública y las autoridades municipales deben sancionar, ya que los fines de semana es común ver gente tomando en el bulevar Cuamanco, Yancuitlalpan o afuera de las tiendas. Los policías no aplican el reglamento”, mencionó una vecina del barrio de San Sebastián.
“Hace falta mano dura contra quienes no respeten La Ley, porque consumir alcohol o sustancias en la vía pública está prohibido y en el primer llamado de atención los deben retirar, no esperar una o dos veces más”, comentó.

Por lo tanto, el ciudadano que altere el orden público, afectando la paz social, la moral pública y las buenas costumbres, sin constituirse en un delito, se hará acreedor a una sanción administrativa contemplada en cada uno de los ordenamientos municipales, pudiendo ser ésta una amonestación, multa o arresto.
Por ello vecinos del Pueblo Ignacio Zaragoza, consideran que es urgente que se aplique la ley, “que se evite la tolerancia, porque si lo dejan pasar una o dos veces, la persona que toma en la calle lo vuelve a hacer, a sabiendas de que sólo le llaman la atención; lo más sano es retirarlo de inmediato y si reincide, procede el arresto.
En el caso de Huamantla, el Bando de Gobierno Municipal y Prevención del Delito con Participación Ciudadana en su capítulo segundo de las infracciones contra la paz social y contra la integridad de las personas, en el artículo 101, señala las diferentes conductas que constituyen infracciones contra la Paz Social y la integridad delas personas.
De aplicarse la sanción, el artículo 129 establece las sanciones que se deben imponer por las conductas que constituyan infracción y consistirán en: Apercibimiento, multa, arresto hasta por treinta y seis horas, trabajo a favor de la comunidad, y asistencia a sesiones formativas.

