La discriminación como delito

  • Lic. Marco Antonio Díaz Díaz

Con el gusto de saludarlos estimados lectores, hoy hablaremos de un tema muy interesante, y surge de la necesidad de revertir los daños que actualmente ocasionan las redes sociales cuando por alguna causa “exhiben” a una persona con mensajes difamatorios y discriminatorios, actualmente en el Código Penal del Estado de Tlaxcala, ya no se tipifica como delito (las injurias y las amenazas) y por ello existe un verdadero abuso en las redes sociales.

Actualmente existe un delito que muy pocos lo utilizan para interponer denuncia cuando se ve afectado su dignidad por señalamientos falsos en redes sociales, y no sabe qué hacer, mire el artículo 375 del ordenamiento antes citado señala textualmente lo siguiente: Se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de setenta y dos a doscientos dieciséis días de salario, al que por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas:

I. Provoque o incite al odio o a la violencia;

II. Veje, injurie o excluya a alguna persona o grupo de personas;

III. Niegue o restrinja derechos laborales en el acceso a un puesto, cargo o comisión,

IV. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho. Para los efectos de esta fracción, se considera que toda persona tiene derecho a los servicios o prestaciones que se ofrecen al público en general.

Iguales penas se impondrá al servidor público que niegue o retarde a una persona un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho y además se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos, por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta.

Es muy común que en las redes sociales se atente contra la dignidad de las personas desde diferentes puntos de vista, por ello decir que la discriminación sea parte de nuestra vida cotidiana no contribuye a la igualdad de los derechos, y esto porque precisamente con base en lo establecido en el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala con claridad lo siguiente: “En los Estados unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta constitución y en los tratados internacionales del que el Estado Mexicano sea parte…”

Por ello, existirá discriminación, cuando entre otras cosas “se promueva el odio y la violencia” a través de mensajes e imágenes de medios de comunicación, debemos aprender a entender y aceptar nuestras diferencias, pero siempre con el respeto a los derechos humanos, es una tarea compleja pero no imposible en toda sociedad moderna, por ello, es importante establecer la cultura del respeto desde diferentes ámbitos como lo señala con claridad el articulo 375 primer párrafo y que hemos señalado con anterioridad.

No debemos permitir que se siga dando la discriminación en las redes sociales, ya que se vuelve una práctica cotidiana y con ello se ocasiona un grave daño en las personas, ante ello el Estado mexicano y los organismos internaciones luchan cada día para difundir los derechos humanos de las personas.

Sin embargo, es de reconocer ampliamente que las redes sociales digitales, han abierto una manera radical de exaltar el odio y la violencia en las personas, descalificando en todo momento, y por ello, es verdaderamente importante que en la medida que a diario crecen tales exaltaciones de odio, se pueda denunciar y aplicar la ley, la dignidad de las personas debe estar por encima de todo, hoy se convoca en redes a reuniones no pacíficas, a revelarse a la autoridad, a provocar odio incluso hasta para cometer delitos.

Es importante estimado lector que usted conozca lo que la ley señala al respecto, es verdad, existe la libertad de expresión, pero también tiene un límite, que debemos respetar, comparto la idea, de lo que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nuestra ley suprema, en el sentido que la autoridad encargada de procurar justicia tiene la verdadera facultad de investigar los delitos que a diario se susciten, no debe permitirse que el odio y rencor se extienda más en redes sociales, y si alguna persona cometió un delito deba ser castigada con todo el rigor, hoy no debe de existir la discriminación en las personas, incluso existen tratados internacionales, que obligan al Estado México a actuar en caso de violaciones a derechos humanos y discriminaciones para las personas desde diferentes puntos de vista, hoy estimado lector ya sabemos, que no debemos permitir que el delito de discriminación sea una manera cotidiana de ver las cosas, que existe un verdadero respeto a la dignidad humana, a los derechos humanos consagrados en nuestra Ley Suprema y Tratados Internaciones, pero sobre todo, el respeto en convivencia, y si no lo hay ya sabe que artículo del Código Penal lo establece.

Nos leemos en la próxima.

Mi correo m_antonio_diaz@hotmail.com

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