El trabajo de los Regidores en el Ayuntamiento

  • Lic. Marco Antonio Díaz Díaz

Con el gusto en saludarlos estimados lectores, hoy hablaremos de un tema muy interesante, ¿Usted sabe qué trabajo hace un Regidor?, ¿tendrá un horario de atención al público?, ¿Firmarán el libro o alguna reloj para comprobar que asisten a diario a sus oficinas?, ¿Cuánto ganan?, ¿Si reciben prestaciones de ley?, ¿Tendrán un plan de trabajo en beneficio de la sociedad?, ¿Sabrán responder a las Comisiones que les fue asignados?, ¿Sabrán que aportan de beneficio al Municipio?, y más cosas que los ciudadanos debemos conocer.

Explico: La Ley Municipal del Estado de Tlaxcala y sus Municipios señala con claridad las obligaciones de los integrantes de los Ayuntamientos en sus artículos, 35, 39, 41, 45 y 46, sin embargo los ciudadanos desconocen el trabajo que realizan los Regidores del Ayuntamiento de Huamantla, sabemos que tienen una oficina, pero de ahí, a que se encuentren todo el día no se sabe y deben estar ahí en la oficina designada, sin embargo algunos los vemos según “litigando en los juzgados en horas de oficina”, otros “atendiendo sus negocios” otros “dando clases”, y de ahí más cosas que podemos enumerar, la pregunta sería ¿Qué tiempo dura el cargo de Regidor), 8 horas, todo el día, o solo cuando se les llame para aparecer en la foto, o en un evento que convoque por conveniencia el Presidente Municipal, desde mi humilde opinión un Regidor debe estar disponible los 365 días de año, en todos los horarios disponibles, ya que el cargo es por el tiempo que dure la administración y entonces ¿Por qué no están en sus oficinas tiempo completo?, vayan al juzgado y ahí encontrarán a uno perdiendo el tiempo en tareas que no son propias de su encargo, más bien los Regidores deben abocarse a lo que señala claramente el artículo 45 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala que señala con exactitud lo siguiente:

I. Asistir a las sesiones de cabildo con voz y voto; II. Representar los intereses de la población; III. Proponer al Ayuntamiento medidas para el mejoramiento de los servicios municipales; IV. Vigilar y controlar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de sus gestiones; V. Desempeñar las comisiones que el Ayuntamiento les encargue e informar de sus resultados; VI. Concurrir a las ceremonias cívicas y demás actos oficiales; VII. Guardar respeto en el recinto oficial durante las sesiones y en cualquier acto público al que asistan con motivo de sus funciones. Las peticiones las formularán con respeto; VIII. Formular con respeto y observancia a la ley sus peticiones; y IX. Las demás que les otorguen las leyes. Y en verdad representarán los ¿intereses de la población? y se comenta, ya que es característica de este Ayuntamiento a no convocar a sesiones de cabildo, de acuerdo a lo que la ley de la materia señala: Artículo 35. El Ayuntamiento celebrará sesiones: I. Ordinarias, que se verificarán por lo menos una vez cada quince días, las cuales deberán ser convocadas por escrito y de manera electrónica al menos 48 horas antes de su celebración anexando el orden del día de los asuntos que se tengan que discutir en la sesión; el calendario de sesiones deberá ser aprobado en la primera sesión ordinaria de cabildo de cada año de su ejercicio; II. Extraordinarias, que se verificarán cuando a juicio del Presidente Municipal o de la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento, presenten asuntos que deban ser resueltos en forma inmediata, las cuales deberán ser convocadas por escrito o de manera electrónica anexando el orden del día de los asuntos que se tengan que discutir en la sesión; y III. Solemnes, que se verificarán en caso de la instalación del Ayuntamiento, de festividades y en fechas conmemorativas.

Las sesiones de cabildo se llevarán a cabo en el salón de cabildo, espacio destinado para ese fin en la residencia oficial. Por acuerdo de cabildo se podrán efectuar en otro lugar distinto, el cual será declarado recinto oficial.

Las sesiones serán convocadas por el Presidente Municipal a través de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, quien será responsable de notificar la convocatoria respectiva. Si no hay sesiones de cabildo, ¿Qué representarán?, ¿en qué se concentra su “trabajo?, por eso es importante conocer que hacen en beneficio de la sociedad, mire hay grandes temas pendientes en Huamantla:

a) El relleno sanitario de Benito Juárez; b) El prohibir la quema de cohetes en festividades y centros religiosos; c) Baches en las calles; d) La aplicación del Bando para sancionar a los conductores, todos hacen lo que quieren no llevan cinturón de seguridad, hablando por celular, conduciendo sin papeles, motociclistas sin cascos y hasta cinco tripulantes se ha contado sin casco, en sentido contrario, y los que llevan bicicleta ni se diga; e) Prohibir contaminar con aserrín en las calles, en cada festejo de las comunidades, sin que se recoja el mismo y se va a la alcantarilla, sancionar a vecinos morosos que no recogen su basura.

Hasta cuándo este Ayuntamiento y sus Regidores se pondrán a trabajar, ya anhelamos un Huamantla diferente, el tiempo se les termina y no hay nada de una gobernanza moderna ni tantos acuerdos firmados ante notario público, muchas promesas, como siempre, por eso los ciudadanos ya nos les creemos.

Nos leemos en la próxima: m_antonio_diaz@hotmail.com

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