LA LENTITUD CON QUE OPERAN LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN POR PARTE DE LAS FISCALÍAS GENERALES

  • Lic. Marco Antonio Díaz Díaz

Con el gusto de saludarlos estimados lectores, hoy hablaremos de un tema muy interesante: ¿Sabía usted estimado lector que existen convenios de colaboración en todo el territorio nacional?

Por parte de todas las instancias encargadas de procurar justicia, existe suscrito dicho convenio, celebrado el día veinticuatro de noviembre del año dos mil once en la Ciudad de Acapulco Guerrero y debidamente publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de noviembre del año dos mil doce, en el contenido de dicho convenio lo más esencial es que tiene por objeto modernizar, optimizar los mecanismos de colaboración en materia de procuración de justicia y adecuarlos a las nuevas disposiciones legales aplicables a fin de ser más eficiente y eficaz el combate a la delincuencia y satisfacer las exigencias de la sociedad lastimada por la delincuencia que impera en nuestro país.

En dicho convenio las Procuradurías o Fiscalías Generales de todo el país intercambian información mediante el uso de sistemas de informática para crear y actualizar una base de datos que permita establecer información de carácter nacional, obviamente administrados por la todavía Procuraduría General de la República, con el fin de tener actualizada un sistema único de información criminal, también dicho convenio de colaboración permite en forma constante evaluar la eficacia de todas la Procuradurías o Fiscalías del país, en el ámbito de la investigación del delito como dentro de un proceso penal.

En este tan importante convenio también se brinda asesoría técnica de inteligencia, comunicaciones y logística entre las partes y algo muy importante que debe usted saber, se debe contar con un suministro de información oportuna de fallecimientos por presunta rivalidad delincuencial, vehículos puestos a disposición del Ministerio Publico, armamento decomisado, personas no localizadas, huellas, vestigios y demás indicios de hechos delictuosos, alertas tempranas para medidas cautelares y de protección así como a las víctimas u ofendidos; la importancia de este documento constante de veintiocho cláusulas permite que exista agilidad en los procesos de investigación del delito cuando se pida colaboración entre dos o más Estados de la República.

 

 

Sin embargo, se puede observar, no en todas partes al menos eso pienso, que en nuestro estado de Tlaxcala no exista un área encargada en la procuración de justicia de darle seguimiento a contenidos de colaboración con otros Estados, hemos visto que ciudadanos se quejan de que han demorado hasta más de cinco meses en solicitar la entrega de alguna información y eso demerita en la pronta procuración de justicia, pues incluso el contenido del artículo 21 Constitucional se ve afectado por la lentitud que impera en poder darle seguimiento a oficios de colaboración en otra procuradurías o fiscalías generales, ya que el texto constitucional citado señala “la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público…”, luego entonces los afectados en la comisión de un delito se ven verdaderamente impedidos en poder participar o darle celeridad a los asuntos que se ventilan por medio de colaboraciones con el pretexto de que la colaboración solo se da de manera institucional por integrantes de las mismas procuradurías, así las cosas debe existir mayor atención a esta área tan importante de la procuración de justicia, en el asunto de las colaboraciones porque si no hay un responsable en darle seguimiento a lo que se solicita, pasarán días y meses y no se avanza en los asuntos, en el ámbito de procuración de justicia, es por ello estimado lector que estos convenios que se han celebrado deben tener por objeto la agilidad y la investigación en conjunto de las fiscalías o procuradurías generales según sea el caso, con el fin como ya se dijo, de hacer frente a la delincuencia, de que la ciudadanía crea en sus autoridades de procurar justicia, de que haya personas en verdad con la firme disposición de poder apoyar y aportar en las investigaciones de los delitos, de lo contrario se seguirá fomentando lo que es conocido por muchos como la cultura de la no denuncia por no creer en las autoridades.

Algo muy importante que debe resaltarse es que en términos de la ley general del sistema nacional de seguridad pública, se debe impulsar la creación y desarrollo del sistema de carrera para agentes del Ministerio Publico de la policía y peritos, cursos permanentes, en fin todo lo que tenga que ver con procuración de justicia, así como también establecer pleno respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, proteger la dignidad e integridad de aquellos grupos que viven situaciones desiguales (indígenas, mujeres, niños, personas con discapacidad y adultos mayores).

Estimado lector, por último es importante que usted sepa el contenido de estos convenios de colaboración en la página de internet www. dof. gob.mx de fecha veintitrés de noviembre del dos mil doce.

Nos leemos en la próxima.

Mi correo electrónico: m_antonio_diaz@hotmail.com

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